Sistema de Información Energética

Petróleos Mexicanos

Estructura de precios

Precio ponderado nacional

VIGENTE A PARTIR DE 2014

(pesos por metro cúbico)


    REALES-MENSUAL
Descripción Unidad Ene/2024 Feb/2024 Mar/2024
 
Gasolina Pemex Magna (1)(11) $/m3 0.000 0.000 N/D
IEPS Cuota para Entidades Federativas (2) 0.000 0.000 N/D
Precio ponderado de venta al público sin IEPS Cuota para Entidades Federativas (3) 0.000 0.000 N/D
Mermas del precio público ponderado (4) 0.000 0.000 N/D
Precio al público sin IEPS Cuota Entidades Federativas y sin merma 0.000 0.000 N/D
Impuesto al valor agregado del precio ponderado sin IEPS Cuota para Entidades Federativas y sin merma (5) 0.000 0.000 N/D
IEPS Cuota a Combustibles Fósiles (6) 0.000 0.000 N/D
Flete de la TAR a estación de servicio (7) 0.000 0.000 N/D
Margen comercial a clientes de Pemex (8) 0.000 0.000 N/D
Impuesto Especial sobre Producción y Servicios ( TASA) del precio público ponderado (9) 0.000 0.000 N/D
Precio ponderado de ingreso a Pemex considerando producción nacional (10) 0.000 0.000 N/D
 
Gasolina Pemex Premium (1)(11) 0.000 0.000 N/D
IEPS Cuota para Entidades Federativas (2) 0.000 0.000 N/D
Precio ponderado de venta al público sin IEPS Cuota para Entidades Federativas (3) 0.000 0.000 N/D
Mermas del precio público ponderado (4) 0.000 0.000 N/D
Precio al público sin IEPS Cuota Entidades Federativas y sin merma 0.000 0.000 N/D
Impuesto al valor agregado del precio ponderado sin IEPS cuota para Entidades Federativas y sin merma (5) 0.000 0.000 N/D
IEPS Cuota a Combustibles Fósiles (6) 0.000 0.000 N/D
Flete de la TAR a estación de servicio (7) 0.000 0.000 N/D
Margen comercial a clientes de Pemex (8) 0.000 0.000 N/D
Impuesto Especial sobre Producción y Servicios ( TASA) del precio público ponderado (9) 0.000 0.000 N/D
Precio ponderado de ingreso a Pemex considerando producción nacional (10) 0.000 0.000 N/D
 
Pemex Diesel (1)(11) 0.000 0.000 N/D
IEPS Cuota para Entidades Federativas (2) 0.000 0.000 N/D
Precio ponderado de venta al público sin IEPS Cuota para Entidades Federativas (3) 0.000 0.000 N/D
Impuesto al valor agregado del precio ponderado sin IEPS Cuota para Entidades Federativas (5) 0.000 0.000 N/D
IEPS Cuota a Combustibles Fósiles (6) 0.000 0.000 N/D
Flete de la TAR a estación de servicio (7) 0.000 0.000 N/D
Margen comercial a clientes de Pemex (8) 0.000 0.000 N/D
Impuesto Especial sobre Producción y Servicios ( TASA) del precio público ponderado (9) 0.000 0.000 N/D
Precio ponderado de ingreso a Pemex considerando producción nacional (10) 0.000 0.000 N/D
 
Turbosina 15,355.377 0.000 N/D
Impuesto al valor agregado del precio ponderado 2,117.983 0.000 N/D
IEPS Cuota a Combustibles Fósiles (6) 0.000 0.000 N/D
Flete 628.953 0.000 N/D
Precio ponderado de ingreso a Pemex 12,608.441 0.000 N/D
 
Combustóleo pesado 0.000 0.000 N/D
Impuesto al valor agregado del precio ponderado 0.000 0.000 N/D
IEPS Cuota a Combustibles Fósiles (6) 0.000 0.000 N/D
Flete 0.000 0.000 N/D
Margen comercial a distribuidores 0.000 0.000 N/D
Precio productor 0.000 0.000 N/D
 
Notas:
(1) Se refiere al ingreso por precio final de venta al público ponderado nacional, reportado por Pemex-Refinación.
(2) IEPS Cuota para Entidades Federativas aplica a partir de enero de 2014 y no causa IVA (hasta diciembre de 2013
el concepto aplicado fue Cuota Estatal).
(3) Se refiere al precio antes del IEPS Cuota para Entidades Federativas.
(4) La merma se calcula únicamente para las gasolinas, el monto se determina multiplicando el factor de 0.005 por el valor total de las enajenaciones
de gasolinas a las estaciones de servicio sin considerar; el IEPS Cuota para Entidades Federativas, el IEPS Cuota a Combustibles Fósiles,
el impuesto al valor agregado, fletes de la TAR a estaciones de servicio y margen comercial, dividido por el volumen total del combustible en el periodo
señalado en el inciso f) del articulo 2o.-A de la Ley del IEPS.
(5) Este IVA se calcula sobre el precio público sin IEPS Cuota para Entidades Federativas y sin merma cuando aplica este concepto.
(6) Es el monto del IEPS Cuota a Combustibles Fósiles, inició el 1 de enero de 2014.
(7) Los fletes son un promedio del monto de los fletes utilizados para el cálculo de la tasa del IEPS, reportados
para cada TAR y ponderados por el volumen de ventas en cada TAR.
(8) El margen comercial es un promedio del monto de los márgenes utilizados para el cálculo de la tasa del IEPS,
reportados para cada TAR y ponderados por el volumen de ventas en cada TAR.
(9) Es el monto del IEPS reportado por Pemex-Refinación.
(10) Se refiere al ingreso reportado por Pemex-Refinación.
(11) El 24 de diciembre de 2015 se publicó en el DOF el ACUERDO 24/2015 por el que se da a conocer la banda de precios máximos de las gasolinas y el diésel para 2016 y
otras medidas que se indican. Derivado de lo anterior, a partir de enero 2016 ya no se publican las estructuras de precios resultado de las tasas ponderadas del IEPS.
 
TAR = Terminal de Almacenamiento y Reparto.
IEPS = Impuesto Especial sobre Producción y Servicios.
IVA = Impuesto al Valor Agregado.
 
Fuente: Sistema de Información Energética
con información de Petróleos Mexicanos.

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